pactos interprovinciales
1821 - Acuerdo para concluir la guerra con Entre Ríos
 
 

Pacto del 22 de Agosto para finalizar la guerra con Entre Ríos, entre los gobernadores de Santa Fe, Don Estanislao López, y de Buenos Aires, Don Martín Rodríguez



Artículo 1- El Gobierno del Entre Ríos dejará en el pleno goce de su libertad e independencia las provincias de Corrientes y Misiones, dando baja a cuantos soldados se hallen con las armas en la mano de los naturales de ellas costeándolos al destino de donde fueron extraídos por la fuerza.


Artículo 2- Serán devueltos loa buques pertenecientes a la Provincia de Buenos Aires, y las tres piezas de cañón de bronce tomadas en la batería de Santa Fe, un bote, y demás anexo a ésta.


Artículo 3- No será arbitro en ningún tiempo el referido gobierno del Entre Ríos de detener los buques de comercio en su tránsito y direcciones, tanto de Buenos Aires para Santa Fe y Paraguay, como de esta Provincia para aquéllas, menos imponerles derechos exorbitantes, causando los trastornos consiguientes a las descargas por este pretexto, obstruyendo por tan reparable conducta el canal de un comercio recíproco, y motivando el estancamiento de loa frutos del Paraguay de primer consumo en beneficio del extranjero portugués.


Artículo 4- Quedamos por nuestra parte obligados a la devolución de los prisioneros respectivos al Entre Ríos, bajo la limitación del primer artículo.


Artículo 5- Queda por nuestra parte accedido a un armisticio de ocho días perentorios dentro de los cuales resolverá ese gobierno lo conveniente sobre las precisas bases indicadas. Cumplido el término quedan rotas las hostilidades y responsable a la Nación la parte agresora que dio mérito a tan escandalosa guerra, de la sangre que se derrame y demás resultados funestos que sobrevengan a la calidad de civil como con dolor hemos experimentado.


Es copia. Dr. Seguí