primeras presidencias
1860 - Convocatoria a la reforma constitucional
 
 

Ley de convocatoria de Convención Nacional para reformar la Constitución conforme las reformas propuestas de la Convención de Buenos Aires



El Senado y Cámara de Diputados de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso,


Sancionan con fuerza de Ley:


Artículo 1.- Convóquese la Convención Nacional ad hoc conforme a los Artículo 5.º del Pacto del 11 de noviembre de 1859 y lo del de 6 del corriente, al solo efecto de que tome en consideración las reformas que la Convención de Buenos Aires propone se hagan a la Constitución Nacional y decida definitivamente sobre ellas.


Artículo 2.- Autorizase al Poder Ejecutivo para dictar las medidas convenientes a fin de que la Convención Nacional ad hoc se reúna lo más pronto posible.


Artículo 3.- Devuélvase al Poder Ejecutivo el testimonio auténtico de las reformas presentadas, a los fines consiguientes.


Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Dada en la Sala de Sesiones del Congreso en el Panamá, Capital Provisoria de la Confederación Argentina, a los veintitrés días del mes de junio del año del Señor de mil ochocientos sesenta.


Eusebio Ocampo - Benjamín de Igarzabal, Secretario.