3º gobierno de Perón
1975 - se ordenan operaciones militares en Tucumán
 
 

Decreto Nº 261



*VISTO:


Las actividades que elementos subversivos desarrollan en la provincia de Tucumán y la necesidad de adoptar medidas adecuadas para su erradicación:


LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA en Acuerdo General de Ministros


DECRETA:


Artículo 1.- El comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de elementos subversivos que actúan en la provincia de Tucumán.


Artículo 2.- El Ministerio del Interior pondrá a disposición y bajo control operacional del Comando General del Ejército los efectivos y medios de la Policía Federal que le sean requeridos a través del Ministerio de Defensa, para su empleo en las operaciones a que se hace referencia en el Artículo 1.


Artículo 3.- El Ministerio del Interior requerirá al Poder Ejecutivo de la provincia de Tucumán que proporcione y coloque bajo control operacional el personal y los medios policiales que le sean solicitados por el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), para su empleo en las operaciones precitadas.


Artículo 4.- El Ministerio de Defensa adoptará las medidas las medidas pertinentes a efecto de que los Comandos Generales de la Armada y la Fuerza Aérea presten a requerimiento del Comando General del Ejército el apoyo necesario de empleo de medios para las operaciones.


Artículo 5.- El Ministerio de Bienestar Social desarrollará, en coordinación con el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción cívica que sean necesarias sobre la población afectada por las operaciones militares.


Artículo 6.- La Secretaria de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación desarrollará a indicación del Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción sicológica concurrentes que le sean requeridas.


Artículo 7.- El gasto que demande el cumplimiento de la misión encomendada por el presente decreto hasta la suma de cuarenta millones será incorporado a la jurisdicción 46, Comando General del Ejército, correspondiente al Presupuesto del año 1975.


Artículo 8.- Las disposiciones del presente decreto rigen a partir de la fecha.


Artículo 9º.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.


Hay un sello que dice: Decreto "S" Nº 261


María Estela de Perón - Presidente de la Nación


Alberto L. Rocamora - Ministro del Interior e interino de Justicia.


Oscar Ivanissevich: Ministro de Educación


Alberto J. Vignes: Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.


Adolfo M. Savino: Ministro de Defensa


José López Rega: Ministro de Bienestar Social


Alfredo Gómez Morales: Ministro de Economía


Ricardo Otero: Ministro de Trabajo



*El decreto fue dado el 5 de Febrero de 1975