período hispánico
gobernadores
 
 


Dentro de la delimitación administrativa-política indiana existieron jurisdicciones de carácter regional equivalentes a las provincias, presididas por un Gobernador. Estas unidades territoriales, aunque estuvieron subordinadas a una autoridad superior, gozaron de una amplia autonomía proporcionada por las enormes distancias existentes con la capital virreynal.

Durante la primera etapa del poblamiento de América el gobernador fue la figura principal y la de más amplias funciones. Generalmente, se otorgaba la gobernación al jefe de una expedición en virtud de la Capitulación que efectuaba con la Corona. En una etapa posterior, se convirtió en funcionario designado por el Rey, a propuesta de candidatos que efectuaba el Consejo de Indias.

En el Río de la Plata, los gobernadores sucedieron a los adelantados -sin los privilegios que éstos tenían- y, de acuerdo con la Real Cédula de 1537 dictada en tiempos de Felipe II, en no pocas veces fueron elegidos por el voto de los vecinos. En la etapa del poblamiento existieron dos gobernaciones la de Buenos Aires y la de Paraguay, que dependían del Virreinato del Perú. Al crearse otro virreinato en el del Río de la Plata, ambas gobernaciones fueron subsumidas en él y se crearon otras cuatro gobernaciones: Montevideo, Misiones, Moxos y Chiquitos.

El cargo de gobernador fue muy importante dentro de la estructura político-administrativa indiana, y gozaron de amplias facultades civiles, políticas y judiciales dentro de su territorio, aunque las mismas variaron de acuerdo a la realidad indiana sobre la que debieron gobernar y el momento histórico en el que se encontraron. Los gobernadores estaban obligados a organizar expediciones de conocimiento y exploración sobre la región dada a su gobierno.

La cercana relación que tenía con los pueblos indígenas lo convertía en el funcionario ideal para el control del cumplimiento de las disposiciones reales a acerca del buen tratamiento de los nativos y disponer las ordenanzas que para ello fueran necesarias. Además, dictaban y ejecutaban ordenanzas y presidían el cabildo de las ciudades donde residían. En lo material, supervisaban el abastecimiento, aseo y limpieza de la ciudad; se ocupaban del trazado de caminos y puentes para el mejoramiento de la comunicación y el comercio entre los pueblos, y correspondía a ellos el fomento del desarrollo económico con medidas que favorecieran la agricultura, ganadería, minería y comercio.

Por regla general, los gobernadores tuvieron una notable injerencia en las cuestiones judiciales, teniendo en cuenta que en algunas ocasiones presidían la Audiencia del lugar. También dictaban disposiciones administrativas para agilizar los trámites; nombraban fiscales, relatores, escribanos; y sobre todo controlaban la rectitud y la probidad de los oidores.

En materia de guerra, los gobernadores eran capitanes generales y por tanto jefe las milicias del lugar, ocupándose de la defensa de su territorio y la administración de justicia en el fuero militar de su provincia.

Con el sistema de intendencias implantado en el año 1782, durante el reinado del rey borbón Carlos III, se otorgó los intendentes la mayoría de las atribuciones que correspondieron a los gobernadores, quedando éstos bajo la potestad de aquellas.