1836 - concesión de la suma del poder público a Rosas
Año 26 de Al Presidente de Artículo 1.- Queda nombrado Gobernador y Capitán General de Artículo 2.- Se deposita toda la suma del poder público de 1. Que deberá conservar, defender y proteger 2. Que deberá sostener y defender la causa nacional de Artículo 3.- El ejercicio de este poder extraordinario durará por todo el tiempo que a juicio del Gobierno electo fuese necesario. Artículo 4.- Transcríbase esta resolución al expresado Brigadier General, para que se persone en esta Sala el Miércoles 11 del corriente a las 11 del día a tomar posesión del poder que se le confía, prestando juramento de ejercerle fielmente y del modo que crea mas conveniente al bien de esta Provincia y de toda Artículo 5.- Líbrese el correspondiente despacho firmado por el Vice-Presidente 1° de Artículo 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo en la forma acordada. Dios guarde a V. E. muchos años. Manuel G. Pinto - Eduardo Lahitte Asambleas Constituyentes Argentinas, T. VI, 2° parte, p. 1085 |
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