Comunicación del Congreso Constituyente al Director Provisorio de la Confederaciónde la sanción de la Constitución federal
Al Exmo. Señor Director Provisorio de la Confederación Argentina, brigadier General Don Justo José de Urquiza. Santa Fe, Mayo 9 de 1853
Señor:
El Congreso General Constituyente convocado por vuestros esfuerzos, y reunido en Santa Fe, por el voto espontáneo de la Nación, ha firmado el 1° de Mayo de este año la Constitución de la Confederación Argentina. Ella encierra y contiene el códice auténtico con la firma autógrafa de todos los Diputados presentes en el Congreso, igual a la Constitución matriz que se halla firmada y refrendada desde fojas diez hasta fojas veinte del Gran Libro de Acuerdos, Leyes y Decretos del Congreso General Constituyente, dados en su sala de sesiones, en la ciudad de Santa Fe.
El Congreso os remite este códice para que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 del Acuerdo de 31 de Mayo de 1852, dispongáis que se expidan inmediatamente las órdenes a fin de que la Constitución que contiene, sea debidamente promulgada y jurada con solemnidad en toda la extensión del territorio, pueblos, distritos y comarcas que abrazan las trece Provincias representadas en el Congreso.
El Congreso ha declarado que esta Constitución será presentada al examen y libre aceptación de la Provincia de Buenos Aires, por el órgano de las autoridades que actualmente existen en ella o por las juntas o convenciones que se formen al efecto.
El Congreso os remite, igualmente, señor, los códices auténticos que contienen la “declaración de las leyes orgánicas de capitalización, de aduanas y municipalidades”. Estas leyes deberán someterse del mismo modo al examen y libre aceptación de la Provincia de Buenos Aires, porque sancionadas para facilitar y atender todo el país, el pacto fundamental de la Confederación que constituye de todo el territorio una nación compacta a perpetuidad, la libre aceptación de la provincia de Buenos Aires suplirá su lamentada ausencia del Congreso general Constituyente.
El Congreso queda profundamente convencido que la Constitución sancionada con las leyes orgánicas que la completan, encierra en sí la solución propia a nuestros más difíciles problemas sociales. Y, penetrado del vivísimo deseo de hallar un remedio para la ominosa actualidad de la Provincia de Buenos Aires, no puede dejar de expresar su convicción y su esperanza de que en esos mismos actos del Congreso se encuentra la más poderosa y eficaz transacción, buena para el presente y para todo el tiempo.
El Congreso ha determinado mandar una comisión de su seno, para que proceda a realizar la presentación de la Constitución a la Provincia de Buenos Aires y recabar su aceptación en la forma posible. Toda consideración es debida a la distinguida Provincia de Buenos Aires; y el Congreso en circunstancias difíciles y serias, no ha debido negárselas, ni dar el ejemplo de mostrar su patriotismo agotado, cuando para conseguir la unión hace sacrificio y abnegación de todo, excepto de su conciencia de legislador, que se resume en hacer justicia a todos, armonizando las cosas y los principios.
Han merecido ser nombrados para desempeñar esta misión de suma importancia los señores diputados don Salvador María del Carril, don José Benjamín Gorostiaga y don Martín Zapata.
El Congreso espera que les daréis crédito, que les facilitaréis los medios necesarios y conducentes al buen desempeño de su misión, y que vos mismo, señor, haréis concurrir a este objeto toda vuestra influencia y poder, disponiendo las circunstancias de manera que la comisión sea recibida sin repugnancia, en el silencio del estrépito de la guerra y del tumulto de las amas. Así la comisión podrá prestar también un oído atento y solícito a las inspiraciones del patriotismo de la Provincia de Buenos Aires.
La comisión lleva el encargo especial de expresaros los sentimientos y votos del Congreso hacia vuestra persona en las relaciones con el grande acto cuya ejecución se prepara para fijar los destinos de la Confederación.
Desde luego, empezará por agradeceros, señor, la completa independencia en que habéis dejado al Congreso Constituyente para meditar, combinar y sancionar la Constitución, que su ardiente patriotismo, su conciencia y su leal saber y entender le han inspirado. Este hecho modesto, legado a la historia por esta franca y verídica confesión, ha de formaros en el porvenir el más precioso timbre de vuestra gloria.
Los contemporáneos imparciales, y la patria constituida, cuando mediten los hechos, nuestro punto de partida y las circunstancias cuya presión hemos sufrido, echando una vista retrospectiva y haciendo una apreciación sana y sesuda del presente, dirán, como el Congreso dice y siente hoy: Que jamás héroe alguno hizo más grandes promesas a los pueblos y que nunca fueron cumplidas con más lealtad. El primero de Mayo de 1853 contiene los fastos memorables que justifican esta verdad.
Vuestra es, señor, la obra de la Constitución, porque la habéis dejado formar sin vuestra influencia y concurso; y es por eso que podéis libremente sacudir las hojas de su libro, para calmar todas las pasiones, y levantarla en alto como enseña de la concordia y fraternidad alrededor de la cual se reunirán los patriotas de todas las opiniones, los que tengan un honrado celo por el bien público y todos aquellos que susceptibles de este sentimiento que hermosea los primeros días de la patria, sean capaces de sacrificarle las preocupaciones de partido y las mezquinas adhesiones de localidad.
El Congreso, obligado por la naturaleza de sus graves tareas a meditar sobre el destino de las sociedades y sus revoluciones, se ha imbuido de la idea de que las revoluciones son sólo legítimas cuando salvan las ideas, los pueblos, sus intereses esenciales, la honra entre ellos y los derechos que la humanidad, emancipada por el cristianismo, ha afirmado para la civilización. Nuestro lúgubre pasado antes de mayo de 1851, justificaba una revolución, si hay alguna cosa que pueda ser necesaria; pero legitimarla sólo podía el intento y la reparación. El Congreso encontró aquél en el válido programa del primero de mayo de aquélla fecha. En el acuerdo de San Nicolás de los Arroyos ha visto el medio; y el Congreso instalado, reuniendo al fin y objeto el poder, debió hacer que la obra correspondiese al designio y la ejecución al intento. La Constitución, señor, de la Confederación Argentina ha legitimado vuestra revolución. El Congreso os defiere la gloria de Washington. No podéis aspirar a otra.
Un mediano talento y un alma tenaz y perversa bastan para hacer triunfar el error en el poder, la tiranía en el mando. Más para afirmar y consagrar en las costumbres públicas los principios eternos de la justicia, se necesita el genio que los comprenda, destello de la Divinidad que los implantó en el hombre.
Las convulsiones de los pueblos, cuando terminan en el traspaso del poder irresponsable de una mano a otra, son usurpaciones execrables; porque, no aventajando en nada la condición de la sociedad, le añaden el trastorno y sus consecuencias, que siempre son un cortejo más o menos lleno de lágrimas, de sangre y de crímenes.
También quedáis a cubierto de esta maldición.
La historia, con pluma mojada en tinta de oro, ha escrito ya vuestro pronunciamiento de 1º de mayo, la célebre e inmortal victoria de Monte Caseros, el acuerdo de San Nicolás de los Arroyos, y con reciente data, la Constitución de la Confederación Argentina ¡Noble página!. ¡Serie admirable y única en nuestros anales!. ¡Puede desafiar antecedentes seculares y despertar a la imitación! La crítica encontrará en todos estos sucesos, hechos y actos, algo que conservar como obra humana. La observación y la filosofía descubrirán en ellos el dedo de la Providencia.
Pero la malignidad más suspicaz no señalará en el conjunto de su armonía, ni extraviada la ambición del libertador, ni la influencia de la personalidad del general Urquiza, quedando de bulto sola, la más grande gloria del pueblo argentino, a la que saluda profundamente el Congreso, porque ante ella puede inclinarse la nación con dignidad.
El Congreso prevé que la sabiduría del mal consejo, y la prudencia que disfraza a la debilidad, han de reprochar a la Constitución los defectos de su mérito. Poniendo en contraste la ignorancia, la escasez de población y de riqueza y hasta la corrupción de los pueblos y provincias que componen la Confederación, con las exigencias de la Constitución, deducirán de aquí su inoportunidad e impertinencia, y muy listos la condenarán como inadecuada. El tirano ponderó y exageró estos mismos pretextos; ¿y por ventura él, con su omnipotente mano de hierro, ha devuelto a los pueblos mejorados, después de veinte años de martirio? ¡Decepción y escándalo! Aún cuando esta desgraciada y mísera situación fuera natural a estos pueblos, aún cuando tuviéramos a la vista la especie social que se supone desgraciada e ineducable, el legislador no podía ni debía emplear su ciencia para disimular y confirmar este monstruo social; antes debiera consagrar el arte y el poder contra la misma naturaleza, para corregirla. Decepción y escándalo, señor. Dios creó al hombre bueno y sociable bajo todas las latitudes. El argentino lo es, y por serlo, su sangre generosa ha corrido a torrentes. El sentimiento de lo justo le ha hecho reclamar, tal vez con exageración, la justicia, el sentimiento de su dignidad, los derechos de libertad, seguridad y propiedad. Los instintos de progreso le hacen reclamar con impaciencia todas las mejoras y todas las reclamaciones morales, intelectuales y comerciales. La Constitución llena éstos conatos, aporque los atiende cumplidamente, el Congreso espera que la Confederación Argentina, restituida al goce de todos sus derechos, por medio de una Constitución que garante todas las aspiraciones, todos los intereses, todas las ambiciones y partidos legítimos, bajo la sumisión a la ley y a las autoridades que lo moderan, imprimiéndoles su acción legal y útil, puede y debe bajo tales condiciones entrar en la carrera de los pueblos democráticos y civilizados.
El Congreso os dirige, señor, sus íntimas felicitaciones y os saluda respetuosamente. Todo lo que, por orden del Soberano Congreso Constituyente me cabe, señor, el alto honor de comunicaros.
Facundo Zuviría, Presidente - José María Zuviría, Secretario