Lecciones de Historia Rioplatense
El testamento de Isabel
Muerta Isabel la Católica, prematuramente, dejó a sus sucesores un testamento político que debió ser el punto de partida de la obra de su nieto, el emperador Carlos V, hijo de Juana y primer representante, por vía paterna, de la casa de Austria en España. Es interesante recordar las cláusulas de aquel testamento porque nos encontramos allí con el florecimiento del auténtico espíritu medioeval, del alma apostólica europea de los siglos XII y XIII. Isabel la Católica representa la prolongación de la Edad Media en Europa. La vuelta a lo cristiano clásico, a lo caballeresco, enriquecido en cierta manera con todas las audacias del renacimiento secular aportadas por Fernando, el “político” por antonomasia. Gobierno remozado de teólogos en pueblo de soldados. Toda la conquista de América y la colonización posterior —como queda dicho—, se llevó a cabo respetando en lo fundamental los codicilos del documento póstumo isabelino. Es indispensable conocerlos para explicarse el sentido evangélico de la obra de España, que tanto se tergiversa y desfigura. En aquellos días la religión informaba a la política. Esta le estaba virilmente subordinada. Porque se comprendía toda la importancia de la espiritualidad en el mundo; y porque, después de vivir una época tremenda, la Fe debió imponerse por sí misma, como se impuso. El hombre cuando sufre, está inclinado a elevar su vista, a levantar su pensamiento a las cosas más altas. Bien. Con aquel sentido místico-realista España colonizó América siguiendo los consejos del testamento referido, que fueron respetados —en lo fundamental— por los representantes de la Casa de Austria, hasta Carlos II. Interesa leerlas ya que, además, están escritas en un estilo deliciosamente anacrónico. Dicen así: “Cuando nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las Islas y Tierra Firme del Mar Océano, descubiertas y por descubrir, nuestra principal intención fue al tiempo que lo suplicamos al Papa Alejandro VI (hace referencia a la famosa bula pontificia), de buena memoria, que nos hizo la dicha concesión, de procurar inducir y traer los pueblos de ellas, y los convertir a nuestra Santa Fe Católica, y enviar a las dichas Islas , y Tierra Firme, prelados y religiosos, clérigos y otras personas devotas y temerosas de Dios, para instruir los vecinos y moradores de ellas a la Fe Católica, y los doctrinar y enseñar buenas costumbres, según más largamente en las letras de dicha concesión se contiene. Suplico al Rey, mi Señor, muy afectuosamente, y encargo y mando a la princesa (doña Juana) mi hija, y al príncipe (Felipe) su marido, que así lo hagan y cumplan, y que éste sea su principal fin, y que en ello pongan mucha diligencia, y no consientan ni den lugar a que los indios vecinos y moradores de las dichas Islas y Tierra Firme, ganadas y por ganar, reciban agravio algunos en sus personas y bienes; más manden que sea bien y justamente tratados, y si algún agravio han recibido, lo remedien, y provean de manera que no exceda cosa alguna, lo que por las letras apostólicas de la dicha concesión nos es inyungido y mandado”. Hasta aquí el documento de marras. Pero, a mayor abundamiento, los reyes sucesores consignaban por su parte en el mismo tono solemne: “Y nos, mandamos a los virreyes, presidentes, audiencias, gobernadores y justicias reales, y encargamos a los arzobispos, obispos y prelados eclesiásticos, que tengan esta cláusula muy presente, y guarden lo dispuesto por las leyes, que en orden a la conversión de los naturales, y a su cristiana y católica doctrina, enseñanza y buen tratamiento, están dadas”. ¡ Política de la Cristiandad en el nuevo mundo ! |
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