Historia Constitucional Argentina
3. La crisis de 1820
Sumario:La crisis de 1820. Disolución del gobierno nacional. Tratados de Pilar y Benegas. Las provincias y sus instituciones. Los caudillos. La Constitución de Santa Fe de 1819. Organización de la provincia de Buenos Aires. Reforma militar, educativa, eclesiástica y económica. Concomitantemente con la declaración de la independencia por el Congreso de Tucumán, se producía la invasión portuguesa a La situación de las Provincias Unidas se tornó extremadamente escabrosa. A los dos frentes de guerra abiertos -el del norte, donde Güemes resistía como podía los embates españoles después de la derrota de Rondeau en Sipe-Sipe, y el del oeste, suscitado por San Martín contra el poder realista en Chile- se agregaba ahora este tercer frente, en el este, más complicado aun, porque en él no había acuerdo entre los patriotas, habida cuenta de las desinteligencias graves que se plantearon con Artigas. Artigas no podía entender que no se lo ayudase en su lucha contra el invasor, derechamente y con generosidad, algo que los historiadores en general tampoco admiten. Sierra, en una posición más cauta, advierte que si la ayuda financiera a San Martín se hizo con muchas dificultades –testimonio al respecto son las patéticas cartas entre el Libertador y el Director Pueyrredón–, abrir otro frente de ayuda, si la guerra entre Buenos Aires y Río de Janeiro se declaraba, aparecía casi como imposible. Lo cierto es, que Pueyrredón optó primero por colaboraciones muy parciales e insuficientes, y luego permaneció en una actitud pasiva, argumentando con la actitud intolerante de Artigas cuya paciencia se había esfumado. Pueyrredón obtiene de los portugueses promesa de que no pasarían el río Uruguay, y temeroso de una alianza entre éstos y España, llega a admitir la posibilidad de un pacto con Río de Janeiro a fines de 1817: el Imperio aseguraba que su presencia en Aunque Portugal a mediados de 1818 decide no firmar este acuerdo, por temor a la reacción a un Fernando VII apoyado por los reyes europeos aliados, sus términos trascienden, lo que hace enfurecer aun más a Artigas y a sus prosélitos santafesinos y entrerrianos, que deben soportar expediciones punitivas porteñas sobre sus territorios. En la misma Buenos Aires, se producen demostraciones de simpatía por la lucha a muerte en que se halla empeñado Artigas contra los portugueses, tales las de Dorrego, Chiclana, Manuel Moreno, French, Pagola y otros, que son tratados con mano dura por el Director Pueyrredón. El proyecto de coronación de un príncipe francés trasciende y se conoce la sanción de Rondeau solicita a San Martín su concurrencia con tropas al Litoral, pero el Libertador se niega a mezclar su sable en luchas intestinas. En cambio, el Ejercito del Norte, al mando ahora del general Francisco de Disolución del gobierno nacional Ramírez da ocho días a Buenos Aires para que se constituya en provincia federal, debiendo disolverse los organismos nacionales, esto es, el Directorio y el Congreso, y durante ese lapso se planta con sus tropas en los lindes de las provincias de Santa Fe y Buenos Aires, actitud que contrasta con las sucesivas invasiones porteñas a su provincia y a Santa Fe, como demostración de donde estaba la civilización y donde se escondía la barbarie. Los directoriales no pueden hacer otra cosa, momentáneamente, que obedecer. Un cabildo abierto de 184 vecinos destacados –como se ve las costumbres electorales no habían cambiado mucho– elige una Junta de Representantes, la primera de la nueva autonomía provincial, compuesta de doce miembros. Tratados de Pilar y Benegas Concientes los caudillos de la grave situación, pactaron las provincias de Santa Fe y Entre Ríos con Buenos Aires, en la capilla del Pilar, el 23 de febrero de 1820, firmando un documento que pudo haber sido trascendente en la tarea de la organización de un nuevo Estado nacional. El Tratado de Pilar contiene en el artículo 1° un pronunciamiento en favor de la organización republicana y federal de Para darle una constitución federal al país, establecía la reunión de un Congreso en el convento de San Lorenzo en Santa Fe, integrado por un diputado por cada provincia, debiéndose invitar a participar en esa asamblea a todas las que integraban las Provincias Unidas. Santa Fe y Entre Ríos recordaban a «la heroica provincia de Buenos Aires, cuna de la libertad de la nación, el estado difícil y peligroso a que se ven reducidos aquellos pueblos hermanos por la invasión con que los amenaza una potencia extranjera, que con respetables fuerzas oprime la provincia aliada de En el artículo 4° se estableció la libertad de navegación de los ríos Paraná y Uruguay para los buques de las provincias firmantes. El artículo 7° especificaba que «La deposición de la antecedente administración ha sido la obra de la voluntad general por la repetición de crímenes, con que comprometía la libertad de la nación, con otros excesos de una magnitud enorme: ella debe responder en juicio público ante el tribunal que al efecto se nombre». De tal manera que los hombres de Buenos Aires, responsables de los manejos con El artículo 10° mostraba las intenciones de los firmantes: «Aunque las partes contratantes están convencidas de que todos los artículos arriba expresados son conformes con los sentimientos y deseos del Exmo. Sr. Capitán general de Mientras el clima de anarquía se fue haciendo cada vez más intenso, el traicionado Artigas, vencido definitivamente por los portugueses en Tacuarembó, enero de 1820, se enzarzó en una cruenta lucha con su ex-lugarteniente. Derrotado, se exiliará para siempre en Paraguay. Maniobra hábil de la oligarquía porteña, que durante ese año 1820 fue cautelosamente moviéndose entre las sucesivas administraciones provinciales de Sarratea, Balcarce, Ramos Mejía, Soler, Dorrego y Martín Rodríguez, hasta lograr, con la colaboración de Rosas y sus «colorados» de Monte, consolidar en el poder a Rodríguez, quien podría gobernar durante todo un período, hasta Con la intermediación del ahora gobernador de Córdoba, Juan B. Bustos, que aspira a manejar el proceso de organización desde la ciudad mediterránea, López pacta con Martín Rodríguez en la estancia de Tiburcio Benegas el 24 de noviembre de 1820, el llamado por tanto Tratado de Benegas, que implicó el apartamiento de Santa Fe de su alianza con Entre Ríos, otro golpe estratégico hábil de los ex-directoriales. Disponía que el Congreso no se haría en San Lorenzo, sino en Córdoba, donde las provincias serían invitadas por los firmantes a enviar sus diputados. Se estipula el tráfico libre de armas y municiones entre las partes contratantes, pues ahora se avizoraba la guerra entre López y Ramírez. Córdoba sería garante del cumplimiento del Tratado. Como López había puesto como condición para la firma del mismo, que Buenos Aires indemnizara a su Provincia con un número de cabezas de ganado suficiente para repoblar las estancias santafesinas, devastadas por las sucesivas invasiones porteñas que habían arreado animales sin tasa ni medida, y como Rodríguez no quiere aparecer públicamente cediendo esta indemnización, Rosas se aviene secretamente, en su nombre y en el de los hacendados bonaerenses, a adelantar a Santa Fe, en el lapso de un año, 25.000 cabezas de ganado, compromiso que cumplió escrupulosamente con exceso. La convención de Benegas significó un evidente retroceso con respecto a lo estipulado en el Pacto de Pilar, pues en ella no se habla de federación como forma de gobierno, ni se menciona la ocupación portuguesa de Como se previno, disconforme Ramírez con la actitud de López, aliado a José Miguel Carrera, que buscaba apoyos para vengarse en Chile de O’Higgins y San Martín, a quienes consideraba autores de la muerte de sus hermanos, se fue contra Santa Fe. Pero López, aliado a Rodríguez y a Bustos, logró derrotar y matar a Ramírez, y hacer huir a Carrera. De la fuerte Liga Federal, sólo quedaba López, y éste, amansado. Las provincias y sus instituciones. Los caudillos Con Hacia 1821 quedó conformado el panorama en trece, de las originarias catorce, provincias argentinas. Jujuy, la excepción, recién se segregaría de Salta en 1834. En cambio, el Cabildo de Oran, dentro de la jurisdicción de Salta, nunca llegaría a constituirse en provincia. De tal manera que, de las históricas 14 provincias argentinas, 13 se originaron en los antiguos cabildos que gobernaban sendas ciudades y sus zonas adyacentes, con la única excepción de Como se recordará, cada cabildo era brigadier de su milicia. Pues bien, la reacción contra la dirigencia porteña ha puesto esa milicia bajo la férula de un caudillo, que generalmente se destaca por sus condiciones militares y por su consubstanciación con la índole y los intereses de la comunidad que rige. El caudillo es cabeza del pueblo provincial en armas, al que interpreta y comprende en sus necesidades. Se lo conoce como gobernador, palabra de raíz hispánica, que denomina a la institución del mismo origen, tan española como la voz «caudillo». La generalidad de las provincias tuvieron sus caudillos, cuya procedencia no es, como se ha imaginado, el estrato inferior de esas sociedades, sino el superior, en cuanto a posición social y económica, grados militares y aún títulos universitarios, como Heredia y Echagüe, o estado sacerdotal, caso fraile Aldao; Güemes en Salta, Aráoz en Tucumán, Ibarra en Santiago del Estero, Benavídez en San Juan, López en Santa Fe, Bustos en Córdoba, Quiroga en Cada caudillo-gobernador tiene su secretario o ministro, que generalmente era un abogado o un sacerdote; él preparaba la legislación o los tratados con otras provincias, redactaba la correspondencia, asesoraba en caso de reunión de un congreso interprovincial, se entendían con la sala. La sala, que llevaba distintos nombres además de ése, como junta de representantes, junta de comisarios, legislatura, congreso provincial, desempeñaba diversas funciones: las propias de los cabildos a los que suplantaron, como atender la educación, la salud pública, el arreglo edilicio, el cuidado de las calles, el abasto, el control de los precios, etc.; era también una especie de senado que aseguraba al gobernador en materia de legislación, tratados interprovinciales, declaración de guerra, firma de la paz; confirmaba la elección del gobernador que efectuaban en la realidad las milicias cívicas, esto es, el vecindario urbano y rural armado; sancionaban la constitución provincial, que previamente el gobernador admitía, siendo redactada por el ministro letrado. La legislatura estaba integrada por vecinos respetables elegidos popularmente, pero, que los gobernadores consentían anticipadamente como aceptables. El número de los miembros de la sala variaba según lo prescripto por cada constitución provincial, lo mismo que la forma de su elección. En materia de justicia, las instituciones de la etapa española prolongaron su vigencia en las provincias: en primera instancia fallaban los alcaldes de los cabildos, apelándose ante el cuerpo capitular en pleno o ante un juez de alzada en materia civil, y ante el gobernador en materia criminal. Todos estos jueces se hacían asesorar por letrados o por legos conocedores del derecho, que eran pagados por las partes. El recurso de súplica se concedía cuando las sentencias de primera y segunda instancia eran contradictorias; se ventilaba ante el gobernador, un juez nombrado por las partes, o un juez o tribunal de alzada, todos asesorados por expertos. Los recursos de nulidad, injusticia notoria, tercera suplicación y de fuerza eclesiástico, se ventilaban ante tribunales formados por idóneos que nombraba el gobernador o la sala. Los abogados no abundaban, eran reemplazados por peritos, esto es, clérigos o comerciantes con conocimientos jurídicos. Algunas provincias como Buenos Aires, Córdoba y Mendoza, tuvieron cámaras de apelaciones letradas. A partir de esta época cada provincia se fue dictando su constitución, que en muchos casos tuvo un carácter eminentemente hispánico y no anglo-sajón o francés. Algunas contenían la división de poderes, pero ya se ha dicho que la política y la administración las manejaba el gobernador convenientemente asesorado: «No hubo en las provincias argentinas poderes ejecutivo, legislativo y judicial, equilibrados y frenados como lo quería el derecho constitucional teórico de principios del siglo XIX. Hubo ramos de alta y baja policía, justicia, milicia y hacienda, como en el derecho español’’72. Lo notable de este derecho público provincial, es que adoptó el sufragio universal cuando no lo había aun ni en Estados Unidos ni en Europa. Fue una típica pieza de ese constitucionalismo provincial autóctono, dictado en la primera etapa del largo gobierno de esa Provincia por Estanislao López. Esta Constitución llevó el nombre de Estatuto, y con algunas enmiendas regiría hasta 1841. El poder lo poseía casi plenamente el gobernador-caudillo, que era elegido por sufragio universal, durando en su cargo dos años. Posee la conducción de los cuatro ramos de la administración española: es legislador, jefe militar, dicta el presupuesto, es juez de segunda instancia de los fallos de los alcaldes, celebra la paz, y con la aprobación de las dos terceras partes de Existe un organismo de doce representantes, diputados o comisarios, que se denomina Provincia, Representación, Junta Electoral o Junta de Comisarios, elegidos por sufragio universal por dos años, cuyos atributos son: asesorar al gobernador, elegir a los miembros del cabildo, y por dos tercios de votos, como se ha dicho, admitir o no que el gobernador declare la guerra. Rosa hace notar en esto la influencia del pensamiento de Francisco de Vitoria, quien entendió que en tal caso el soberano necesitaba el consenso de las dos terceras partes de un organismo popular. Recordemos la institución medioeval de las Cortes, cuya aquiescencia era también indispensable para que el rey produjera ese acto tan trascendental. El cabildo sustituía al gobernador en caso de ausencia, y cuando éste moría el poder retrovertía al mismo cabildo para el solo efecto de llamar a elecciones dentro del término de doce días. Esta institución fue suprimida en 1832. En la función de Justicia la primera instancia la ejercían los alcaldes, apelándose al gobernador, asesorado por expertos. Al suprimirse el cabildo, fallaban en primera instancia dos jueces inamovibles y legos nominados por el gobernador, a propuesta de Existía también una Junta de Hacienda, integrada por el gobernador, alcalde de primer voto, el síndico procurador del cabildo y un fiscal de hacienda si lo había, la que controlaba los ingresos y egresos del tesoro de La ciudadanía santafesina, otro de los aspectos llamativos de este estatuto, la tenían todos los americanos. La religión de Una enmienda de 1820 estableció que al gobernador lo elegía Esta primera constitución que se da una provincia argentina, afirma el caro principio de raíz hispánica defensor de la autonomía regional y de las libertades locales. Cuando Organización de Durante el gobierno de Martín Rodríguez (1821-1824), En los primeros momentos se le otorgaron al gobernador facultades extraordinarias, pudiendo por sí detener a personas, aplicarles penas, clausurar periódicos. Luego se dictó una ley de elecciones: el sufragio sería oral y público, con un sistema electoral de lista completa para la ciudad; en la campaña habría doce secciones, cada una de las cuales elegiría dos diputados, menos Patagones que sólo designaría uno. Los diputados duraban dos años, y Se suprimieron los cabildos; sus facultades edilicias, económicas, educativas, etc., pasaron al poder ejecutivo de A la supresión de los cabildos, en la que Buenos Aires bajo la férula de Rivadavia fue pionera, la consideramos una medida desacertada. Era una de las instituciones heredadas, con hondo arraigo y popularidad. Fue en ella, que En 1823 se dictó una ley organizando el poder ejecutivo. Se estableció que lo desempeñaría un gobernador que duraría tres años y podría reelegirse. Lo designaría Cuando en mayo de 1821 se supo de la entrada de San Martín en Lima, se sancionó una ley de olvido de los delitos políticos cometidos con anterioridad. Reforma militar, educativa, eclesiástica y económica El influyente ministro de gobierno de Martín Rodríguez, Bernardino Rivadavia, volvió a repetir, corregidos y aumentados, los errores cometidos durante su primera gestión como secretario del Triunvirato. No tenía noción del orden de prioridades, tan fundamental para un estadista. Los graves problemas de Rivadavia dilapidó todo el presupuesto y además endeudó a No hizo nada por la recuperación de En vez de abordar los problemas arduos, urgentes y que exigían una atención preferente, Rivadavia, que regresaba después de una larga misión diplomática en Europa, impresionado con todo que en ella había visto y escuchado de labios de Jeremías Bentham, campeón del utilitarismo, y del abate de Pradt, se entregó a una labor reformadora especialmente de todo lo que proviniera de nuestra cultura tradicional de cuño hispánico, tarea a la que tan afectos fueron, y siguen siendo, algunos «estadistas» en este país. Es interesante transcribir la opinión de San Martín sobre este aspecto de la gestión rivadaviana; en carta a O’Higgins, dice: «Sería de no acabar si se enumerasen las locuras de aquel Visionario y la admiración de un gran número de compatriotas, creyendo improvisar en Buenos Aires la civilización europea con sólo los decretos que diariamente llenaban lo que se llamaba Archivo Oficial»74. A pesar de que, como dijimos, casi todos los problemas prioritarios exigían una solución militar, «el primer hombre civil de la tierra de los argentinos», según apunta Mitre, se entregó a lograr la jubilación o retiro del mayor número posible de militares, todo a lo que se reduce la llamada reforma militar, anheloso de aliviar el presupuesto para poder destinar más fondos a sus proyectos fantasiosos. En el plano educativo establece el sistema lancasteriano, funda el Colegio de Ciencias Morales y Uno de los pocos problemas que no teníamos, era el religioso. La inmensa mayoría de la población practicaba y respetaba el culto católico. Allá corrió presuroso Rivadavia a producir una reforma eclesiástica –leída en la obra del cura apóstata español Juan Antonio Llorente– la que creó un inútil y perjudicial nuevo foco de división entre los rioplatenses. El ataque fue llevado con saña regalista, que parecía propia de Despóticamente estos liberales de marbete se incautaron de los bienes de No terminó en esto el entredicho con Las reformas económicas merecen adecuada atención, pues afirmaron el vasallaje económico-financiero del país al capitalismo inglés. Se comenzó por solicitar un empréstito a la casa Baring Brothers de Londres. No había urgencias financieras, pero se argumentó que ese dinero era necesario para construir un muelle en Buenos Aires, proveer de aguas corrientes a la misma ciudad y fundar pueblos en la campaña. El empréstito se fijó en un millón de libras esterlinas, pero como se obtuvo la colocación de los bonos al 70%, la casa Baring entregaría En 1822 se fundó el Banco de Descuentos, con el monopolio bancario por veinte años, la facultad de emitir billetes canjeables a la vista por oro y plata. Sería agente de |
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