período hispánico
cabildos
 
 
En el régimen político español en América no había ciudad sin Cabildo, y la existencia misma de una ciudad, independiente del número de habitantes, de su jerarquía e importancia, estaba ligaba a la constitución del cabildo correspondiente, que constituía su gobierno.

Sus orígenes se remontan a la Edad Media española, cuando en las ciudades o burgos se reunía un grupo de hombres con su caudillo para elegir las autoridades. Estas reuniones recibían el nombre de Cabildos. Cuando en ellas se debían elegir representantes ante las asambleas generales del reino, llamadas Cortes, los caballeros se reunían en lo que se llamaba Cabildo Abierto.

Hacia el siglo XIV, estas comunidades se fortalecieron transformándose en “ciudades autónomas”. Los miembros del primer cabildo eran designados por el rey, o por el fundador de la ciudad, y hasta por los vecinos en algunos casos, y cuando sus mandatos terminaban los miembros sucesivos eran elegidos por los cabildantes salientes. Para ser miembro se requería poseer la calidad de “vecino” de la ciudad, lo que significaba radicación efectiva en ella, poseer tierra y haber constituido familia.

Desde sus orígenes, en la estructura del antiguo gobierno hispano, el Cabildo fue la institución que expresaba los intereses de los vecinos. Su jurisdicción era la ciudad, y su función equilibrar la relación de fuerzas frente al poder Real y de la Nobleza. En los Cabildos se encuentran las raíces del sistema democrático hispano. Con los años los vecinos fueron sumando derechos, entre ellos los de peticionar de manera directa al Rey, imponer los impuestos de la ciudad, administrar los fondos públicos, organizar y sostener la milicia, etc.

En América, la situación se asimilaba a la de España, de todos los órganos indianos, el cabildo era el de mayor representatividad de la voluntad de los gobernados, no solo porque la elección de sus integrantes se hacía en el mismo lugar donde se desempeñaban, sino también porque los cargos no podían recaer sino en vecinos.

Las grandes distancias que separaban a las ciudades entre sí, y de la capital del virreinato, otorgó a los cabildos mayor autonomía, pues debían ocuparse sin ayuda de los más diversos asuntos, como paliar los consecuencias de una sequía, organizar la defensa contra los ataques de los indios, presentar quejas ante el virrey por abusos de un gobernador.

Compuesto por alcaldes y regidores -además de otros funcionarios de rango menor- toda su actividad se centraba en los problemas, intereses y necesidades de la comunidad a la cual pertenecían, en lo concerniente a las funciones de administración, de gobierno, de justicia y de hacienda.

Los Cabildos ejercieron gran influencia en las sociedades donde funcionaron, dejando marcada huella en la conformación institucional definitiva de las naciones hispano-americanas.

El cabildo de la ciudad de Buenos Aires, escenario trascendental de nuestra histórica patria, fue suprimido en diciembre de 1821 por orden de Bernardino Rivadavia, Ministro de Gobierno durante la gobernación de Martín Rodríguez. Las facultades edilicias, económicas, educativas, y demás, que poseía, fueron centralizadas en el poder ejecutivo de la provincia. Igual suerte corrió el cabildo de la ciudad de Luján.

Para esa época en general los cabildos ya no conservaban la representatividad que hasta la revolución había caracterizado a tan fuerte institución, pues se había modificado la forma de elección de sus funcionarios y les habían sacado competencias, de tal forma que paulatinamente fueron suprimiendo en el resto de las provincias.