en el Río de la Plata
los adelantados
el armado de las expediciones requería de grandes inversionesEl descubrimiento de América le daba a España la posibilidad de ocupar el inmenso territorio que le correspondía de acuerdo al derecho "de gentes" que regía la época. Sin embargo la falta de recursos económicos de la corona para emprender una empresa de tal magnitud, dificultaba notablemente el impulso colonizador.

Los reyes debieron recurrir a la iniciativa privada para que se hiciera cargo de sostener económicamente la organización, la exploración, conquista y población de las tierras de las Indias Occidentales, utilizando el mismo sistema que había practicado en la península en la lucha contra los moros: el adelantazgo. Por este sistema, el Adelantado asumía la responsabilidad de adelantar la frontera con el moro, asentándose en las tierras recuperadas con sus propios medios económicos; el Rey, a cambio de este servicio, les otorgaba el título de gobernador y dueño de las tierras conquistadas.

Este régimen se asimilaba perfectamente a la dificultad que presentaba la exploración y ocupación de las tierras americanas por lo que en los primeros tiempos de la conquista fue el modo empleado en la empresa colonizadora.

Don Pedro de Mendoza, primer adelantado en el Río de la Plata, vendió todas las propiedades recibidas en herencia familiar para venir a conquistar estas tierras americanasMovidos por las perspectivas de riquezas y de gobierno que estas tierras prometían, comenzaron a presentarse caballeros que estaban dispuestos a asumir los extraordinarios riesgos que presentaba la empresa de colonización.

Las distancias inmensas entre ambos continentes dificultaban el control sobre estos territorios, por ello el rey tuvo que delegar en los adelantados poderes casi absolutos en lo que se refiere a las tareas de gobierno, militares y judiciales.


El monarca acordaba por escrito las obligaciones del Adelantado y las concesiones y mercedes a que este se haría acreedor en caso del fiel cumplimiento de su cometido, en un documento que se llamaba Capitulación. En el mismo se establecían detalladamente los objetivos de la expedición, las ventajas económicas que reportarían tanto para el adelantado como para la corona, conteniendo también las condiciones exigidas por el monarca para autorizar dicha empresa. Dejaban, en cambio, amplia libertad al titular de la capitulación para organizar la empresa, para entenderse con sus oficiales y soldados o para asociarse con otras personas mediante contrato.


Las condiciones impuestas al adelantado para el efectivo ejercicio las ventajas pactadas permitía a la Corona mantener un control sobre cuanto se hacia en las tierras americanas, especialmente durante el período de reconocimiento y conquista.


Solamente el rey otorgaba Capitulaciones, ya sea por sí mismo o mediante personas que designaba expresamente. El contrato se hacía frente a escribano público y solía estar avalado por la firma de testigos garantes de la buena fe de ambas partes.


Felipe II en su despacho atendiendo los asuntos del reino











Este sistema no perduró por mucho tiempo, fue el rey Felipe II quien resuelve terminar con el adelantazgo sustituyéndolo por la institución de los gobernadores, que eran funcionarios rentados, nombrados directamente por el rey, con menores facultades, y obligación de rendir de cuentas al final de sus mandatos.


Este sistema no perduró por mucho tiempo, fue el rey Felipe II quien resuelve terminar con el adelantazgo sustituyéndolo por la institución de los gobernadores, que eran funcionarios rentados, nombrados directamente por el rey, con menores facultades, y obligación de rendir de cuentas al final de sus mandatos.



































En el año 1493 el Papa Alejandro VI, autoridad espiritual de la Cristiandad—que se extendía por toda la Europa del Siglo XV— mediante las Bulas Intercaeteras concede a los reyes de España el dominio de las tierras descubiertas, ordenándoles la protección y evangelización de los indios que en ellas encontraran.




acta original de una capirulación




Aunque pudieran asemejarse, las capitulaciones no tenían iguales contenidos, ya que cada una era pactaba especialmente, para el caso que se trataba. En general, constaban de cuatro partes:


• En primer lugar, el rey exhibía sus títulos y derechos como soberano y otorgaba licencia para descubrir, conquistar, poblar, etc.


• En segundo término, se estipulaban las obligaciones que asumía el capitán de la expedición y de las cuales se hacía una detallada enumeración.


• Luego se fijaban las mercedes reales que se concedían al capitulante, las cuales consistían habitualmente en el goce de una parte de los bienes materiales que reportara la empresa.


• En cuarto lugar se ajustaban las condiciones que imponía la corona para garantizar el cumplimiento de las mercedes concedidas. El derecho a las mercedes dependía del éxito de la expedición y del acatamiento de las obligaciones contractuales contenidas en la Capitulación